Última actualización, Martes 16 de Abril de 2024

Otorgamiento de Personalidad Jurídica

Descripción del Servicio 

Otorgamiento de Personalidad Jurídica

¿Realizable en línea? No
Requisitos y Antecedentes

Dirigido a : toda la ciudadanía

 

Requisitos y Antecedentes:

  1. Acta Asamblea Constitutiva celebrada en presencia de un Ministro de fe (Notario, Oficial Registro Civil o Funcionario Municipal designado por el Alcalde), en la que conste la aprobación de estatutos y elección de Directorio provisorio.
  2. Nómina e individualización de asistentes.

 

Nota:

Para Organizaciones Comunitarias Territoriales:

150 vecinos que tengan a lo menos 14 años de edad y residencia en la Unidad Vecinal respectiva.

 

Para Organizaciones Comunitarias Funcionales: 

15 socios mínimo para Organizaciones Constituidas en sector Urbano.

10 socios mínimo para Organizaciones Constituidas en sector Rural.

 

Ambas, deberán contar con Libro de Registro Socios, Libro de Acta.

Trámites a realizar o etapas
  1. Depósito del Acta de la Asamblea Constitutiva, conjuntamente con los Estatutos y Nómina e Individualización de los asistentes a la misma, el que deberá ser depositada en la Dirección de desarrollo Comunitaria, dentro del plazo máximo de 30 días de efectuada la Asamblea. Efectuando el depósito la Organización goza de Personalidad jurídica.
  2. Otorgamiento de Certificado por Secretario Municipal, dejando constancia del hecho, dentro del plazo de 3 días hábiles, a contar del depósito de los Estatutos.
  3. Formulación de Observaciones al Acto de Constitución, si correspondiere, dentro del plazo de 30 días contado desde la fecha de depósito.
  4. Notificación de las Observaciones al Presidente del Directorio Provisional, personalmente o por Carta Certificada.
  5. Depósito del Acta de la Asamblea con las observaciones subsanadas, dentro del plazo de 90 días de notificadas las observaciones. Si no se subsanan las observaciones dentro del plazo, caduca la Personalidad Jurídica.
  6. A petición del Presidente Provisional, el secretario Municipal emite Certificado de Vigencia y Constitución, dentro de los 3 días hábiles siguiente a la petición

 

Valor  No tiene Costo
Lugar donde se realiza y Horario Dirección de Desarrollo Comunitario, Área Organizaciones Comunitarias. Plaza de Armas 242 Santa Cruz, Lunes a Jueves desde 08:30 a 16:15 hrs. Viernes desde 8:15 a 13:15 hrs.

Otorgamiento de Certificado de vigencia de una Organización comunitaria

Descripción del Servicio 

Otorgamiento de Certificado de vigencia de una Organización comunitaria

¿Realizable en línea? No
Requisitos y Antecedentes

Dirigido a : toda la ciudadanía

Requisitos y Antecedentes:

  1. Solicitud de Certificado de Vigencia.
  2. El interesado deberá completar la solicitud, formulario que será entregado Organizaciones Comunitarias, con individualización del solicitante. 
Trámites a realizar o etapas
  1. Solicitud del interesado la que deberá efectuarse por escrito, en organizaciones Comunitarias.
  2. Revisión de la inscripción en el registro de organizaciones Comunitarias.
  3. Elaboración de Certificado.
  4. Entrega del certificado de vigencia al interesado
Valor  No tiene Costo
Lugar donde se realiza y Horario Dirección de Desarrollo Comunitario, Área Organizaciones Comunitarias. Plaza de Armas 242 Santa Cruz, Lunes a Jueves desde 08:30 a 16:15 hrs. Viernes desde 8:15 a 13:15 hrs.

Dirección de Desarrollo Comunitario

   

Nombre Subsidio o Beneficio Enlace a Servicio Competente Enlace a Nómina de Beneficiarios
Programa Jefas de Hogar    
Programa OMIL    

 

 

 

Subcategorías