Requisitos y Antecedentes |
BECA CONCEJO MUNICIPAL
Beneficio en dinero que proporciona la Ilustre Municipalidad de Santa Cruz, por un período de dos años, a los estudiantes que ingresan o cursan Educación Superior, con el propósito de contribuir con el proceso académico. Para el otorgamiento del beneficio se evalúa la excelencia académica y el nivel socioeconómico del postulante.
Los estudiantes beneficiados podrán acceder dependiendo de la ponderación de los antecedentes presentados, a los siguientes tramos de becas:
- Tramo I $ 500.000
- Tramo II $ 400.000
- Tramo III $ 300.000
- Tramo IV $ 100.000
El beneficio se cancela en dos cuotas: primer y segundo semestre de cada año.
Requisitos
- El alumno debe estar matriculado en carreras de Centros Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación (Estatales y Privadas, incluidas las Escuelas de las Ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros).
- Cursar carreras que tengan a lo menos dos años de duración.
- Acreditar documentalmente situación socioeconómica que justifique la necesidad del beneficio, para lo cual se exige tener un Ingreso Per Cápita igual o inferior a $ 331.917 (IV Quintil).
- El alumno debe acreditar su residencia en la comuna de Santa Cruz, a través de la aplicación de la FPS y FS y certificado de Residencia emitido por la Junta de Vecinos.
- Para los egresados de Enseñanza Media el promedio de notas exigido debe ser igual o superior a 5.0 y para quienes ya cursan estudios superiores promedio igual o superior a 4.5. Es importante considerar que existe una ponderación diferente para los recién egresados y para quienes ya cursan Ed. Superior.
- Acreditar su calidad de Alumno Regular, a través de Certificado emitido por la casa de estudios donde cursan o cursarán su carrera profesional.
- La Beca Concejo Municipal será compatible con todas las Becas del Ministerio de Educación y con los Créditos del Fondo Solidario y Aval del Estado. No obstante la ponderación variará dependiendo si cuentan con un beneficio, más de uno o si bien, no accedieron a beneficios estatales o ministeriales.
- El alumno deberá tener vigente su Ficha de Protección Social y Ficha Social, al momento de postular.
Renovación
- Acreditar la calidad de alumno regular al inicio de cada semestre (30 de marzo y 30 de septiembre de cada año), a través del Certificado de Alumno Regular.
- Presentar Certificado de Notas del Semestre Anterior. Se renovará el beneficio a los alumnos que hayan aprobado el 100% de los ramos o a lo más un ramo reprobado y, el promedio general exigido es 5.0
Trámite
Se realiza en forma presencial. El estudiante interesado y que cumple con los requisitos debe concurrir al Depto. Social a partir de la segunda quincena de Enero, para entrega de tríptico informativo y agendar entrevista con Asistente Social, en la que debe presentar toda la documentación exigida.
Exclusiones:
- Personas con título Profesional del nivel Superior y alumnos en práctica que tengan la calidad de egresados.
- Alumnos que en años anteriores hayan sido beneficiados con la Beca ConcejoMunicipal.
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