| Requisitos y Antecedentes | 
  BECA CONCEJO MUNICIPAL  
Beneficio en dinero que proporciona la Ilustre Municipalidad de Santa Cruz, por un período de dos años, a los estudiantes que ingresan o cursan Educación Superior, con el propósito de contribuir con el proceso académico. Para el otorgamiento del beneficio se evalúa la excelencia académica y el nivel socioeconómico del postulante. 
Los estudiantes beneficiados podrán acceder dependiendo de la ponderación de los antecedentes presentados, a los siguientes tramos de becas:  
- Tramo  I       $  500.000 
 
- Tramo  II      $  400.000 
 
- Tramo  III    $  300.000
 
- Tramo  IV     $  100.000
 
 
  El beneficio se cancela en dos cuotas: primer y segundo semestre de cada año. 
 Requisitos 
- El alumno debe estar matriculado en carreras  de Centros Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación (Estatales y Privadas, incluidas las Escuelas de las Ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros).
 
- Cursar carreras que tengan a lo menos dos años de duración.
 
- Acreditar documentalmente situación socioeconómica que justifique la necesidad del beneficio, para lo cual se exige tener un Ingreso Per Cápita igual o inferior a  $ 331.917 (IV Quintil).
 
- El alumno debe acreditar su residencia en la comuna de Santa Cruz, a través de la aplicación de la FPS y FS y certificado de Residencia emitido por la Junta de Vecinos.
 
- Para los egresados de Enseñanza Media el promedio de notas exigido debe ser igual o superior a 5.0 y para quienes ya cursan estudios superiores promedio igual o superior a 4.5. Es importante considerar que existe una ponderación diferente para los recién egresados y para quienes ya cursan Ed. Superior.
 
- Acreditar su calidad de Alumno Regular, a través de Certificado emitido por la casa de estudios donde cursan o cursarán su carrera profesional.
 
- La Beca Concejo Municipal será compatible con todas las Becas del Ministerio de Educación y con los Créditos del Fondo Solidario  y Aval del Estado. No obstante la ponderación variará dependiendo si cuentan con un beneficio, más de uno o si bien, no accedieron a beneficios estatales o ministeriales.
 
- El alumno deberá tener vigente su Ficha de Protección Social y Ficha Social, al momento de postular. 
 
 
Renovación 
- Acreditar la calidad de alumno regular al inicio de cada semestre (30 de marzo y 30 de septiembre de cada año), a través del Certificado de Alumno Regular.
 
- Presentar Certificado de Notas del Semestre Anterior. Se renovará el beneficio a los alumnos que hayan aprobado el 100% de los ramos o a lo más un ramo reprobado y,  el promedio general exigido es  5.0
 
 
 Trámite 
 Se realiza en forma presencial. El estudiante interesado y que cumple con los requisitos debe concurrir al Depto. Social a partir de la segunda quincena de Enero, para entrega de tríptico informativo y agendar entrevista con Asistente Social, en la que debe presentar toda la documentación exigida. 
 Exclusiones: 
- Personas con título Profesional del nivel Superior y alumnos en práctica que tengan la calidad de egresados.
 
- Alumnos que en años anteriores hayan sido beneficiados con la Beca ConcejoMunicipal.
 
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